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COMO SE INSCRIBEN LOS BIENES EN UNA SUCESION?

Habiendo hecho una partición o cesión de derechos donde cada uno se adjudica un bien determinado. La inscripción no se hace ante Escribano sino a través de la sucesión, con la participación del abogado. Tambien puede suceder que los bienes de una sucesión se pueden inscribir en condominio (esto quiere  decir que todos los herederos son dueños del porcentaje que les  pertenece, surge de la declaratoria de herederos) 

 

SE PUEDE HACER ALGO CUANDO UNO DE LOS HEREDEROS VIVE EN LA CASA Y NO QUIERE VENDERLA NI NADA?

Si por supuesto se puede solicitar la division de condominio y la fijacion de un alquiler como estrategia para obligar a vender a ese condomino. Pero antes que anda se lo debe intimar por carta documento expresando la disconformidad de la indivision forzada que impone la sucesion. 

 

EXISTE UN IMPUESTO A LA HERENCIA?

 

Hay un proyecto que mas adelante lo desarrollaremos, pero en la actualidad no hay un impuesto a la herencia lo que si se debe abonar es la tasa de justicia, en el ambito de la Capital Federal es de 1.5% de la valuacion fiscal de todos los bienes que componen el acervo sucesorio, en la Provincia de Buenos Aires la tasa es el 2,2 %.

 

 

 QUIEN ADMINISTRA LA SUCESION?

Esta es una pregunta muy comun cuando hay dos o mas herederos. Los herederos pueden ponerse de acuerdo en quién será el administrador provisorio de la sucesión. 

De no suceder esto, tiene prioridad el cónyuge, salvo que otro heredero sea más apto.

Al designarse administrador del sucesorio, los pasos a continuacion es la presentacion del administrador personalmente en el Juzgado a aceptar el cargo y el abogado debe tramitarle un testimonio que le servirá de constancia para cada trámite que haga en nombre del sucesorio.

El administrador debe rendir cuentas documentadas en la sucesión.  

 

COMO SE INSCRIBEN LOS BIENES EN UNA SUCESION?

Habiendo hecho una partición o cesión de derechos donde cada uno se adjudica un bien determinado. La inscripción no se hace ante Escribano sino a través de la sucesión, con la participación del abogado. Tambien puede suceder que los bienes de una sucesión se pueden inscribir en condominio (esto quiere  decir que todos los herederos son dueños del porcentaje que les  pertenece, surge de la declaratoria de herederos) 

 PUEDO HACER UN TESTAMENTO DEJANDO TODOS MIS BIENES A UNA SOLA PERSONA QUE NO SEA PARIENTE NI FAMILIAR? 

si, si usted no tiene herederos forzosos puede herederar el 100% de sus bienes a quien usted desee. Si usted los tiene solo puede testar un pocentaje va depender de quienes sean sus herederos forsozos, por ej si usted solo tiene hijos puede disponer 1/5 de sus bienes. 

 

 

A QUE SE DENOMINA SUCESION  INSCRIPCION POR TRACTO ABREVIADO?

 

El heredero de un bien puede solicitarle al Juez que ordene la inscripcion de la declaratoria por tracto abreviado, ello se da cuando se ha firmado un boleto de compra venta de la propiedad que esta en sucesion, directamente el escribano que se autoriza en el expediente va realizar la inscripcion por tracto abreviado.

 

 ES CONVENIENTE FIRMAR UN CONVENIO DE HONORARIOS?

Inmueble Legal siempre trata de firmar convenio de honorarios sobre todo en las sucesiones, ay que la regulacion de honorarios puede ser mucho mas dificultosa sobre todo para los herederos y ademas mucho mas costosa. El convenio de honorarios es una tranquilidad y seguridad para el cliente que ya sabe por anticipado con cuanto dinero debe tener al momento de abonerle los honorarios a su abogada. Ademas Inmueble Legal le ofrece plan de financiacion y los honorarios son exigibles al momento de la entrega del testimonio inscripto en los registros respectivos.

 

 

  PUEDO SABER SI UNA PERSONA FALLECIDA  TIENE BIENES A  SU NOMBRE, ANTES DE INICIAR LA SUCESION?

 

Antes de inicar la sucesion se puede averiguar si la persona fallecida tiene bienes inmuebles tanto en el ambito de la Capital Federal como en la Provincia de Buenos Aires, a traves de un formulario con el nombre y apellido del fallecido y su numero de documento, ante los respectivos Registros de la Propiedad Inmueble,  para ello necesita el asesoramiento legal y la firma de un abogado.

 

 

EXISTE UN IMPUESTO A LA HERENCIA?

 

Hay un proyecto que mas adelante lo desarrollaremos, pero en la actualidad no hay un impuesto a la herencia lo que si se debe abonar es la tasa de justicia, en el ambito de la Capital Federal es de 1.5% de la valuacion fiscal de todos los bienes que componen el acervo sucesorio, en la Provincia de Buenos Aires la tasa es el 2,2 %.

 

 

 QUIEN ADMINISTRA LA SUCESION?

Esta es una pregunta muy comun cuando hay dos o mas herederos. Los herederos pueden ponerse de acuerdo en quién será el administrador provisorio de la sucesión. 

De no suceder esto, tiene prioridad el cónyuge, salvo que otro heredero sea más apto.

Al designarse administrador del sucesorio, los pasos a continuacion es la presentacion del administrador personalmente en el Juzgado a aceptar el cargo y el abogado debe tramitarle un testimonio que le servirá de constancia para cada trámite que haga en nombre del sucesorio.

El administrador debe rendir cuentas documentadas en la sucesión.  

 

¿ COMO SE INSCRIBEN LOS BIENES EN UNA SUCESION?

Habiendo hecho una partición o cesión de derechos donde cada uno se adjudica un bien determinado. La inscripción no se hace ante Escribano sino a través de la sucesión, con la participación del abogado. Tambien puede suceder que los bienes de una sucesión se pueden inscribir en condominio (esto quiere  decir que todos los herederos son dueños del porcentaje que les  pertenece, surge de la declaratoria de herederos) 

 

 

   

 

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Abogada Romina Nieva - Sucesiones - Derecho Laboral - Derecho de Familia - Estudio Jurídico

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