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COMO
SE INSCRIBEN LOS BIENES EN UNA SUCESION?
Habiendo
hecho una partición o cesión de derechos donde cada uno se
adjudica un bien determinado. La inscripción no se hace ante
Escribano sino a través de la sucesión, con la participación del
abogado. Tambien puede suceder que los bienes de una sucesión se
pueden inscribir en condominio (esto quiere decir que todos
los herederos son dueños del porcentaje que les pertenece,
surge de la declaratoria de herederos)
SE
PUEDE HACER ALGO CUANDO UNO DE LOS HEREDEROS VIVE EN LA CASA Y NO
QUIERE VENDERLA NI NADA?
Si
por supuesto se puede solicitar la division de condominio y la
fijacion de un alquiler como estrategia para obligar a vender a ese
condomino. Pero antes que anda se lo debe intimar por carta
documento expresando la disconformidad de la indivision forzada que
impone la sucesion.
EXISTE
UN IMPUESTO A LA HERENCIA?
Hay
un proyecto que mas adelante lo desarrollaremos, pero en la
actualidad no hay un impuesto a la herencia lo que si se debe abonar
es la tasa de justicia, en el ambito de la Capital Federal es de
1.5% de la valuacion fiscal de todos los bienes que componen el
acervo sucesorio, en la Provincia de Buenos Aires la tasa es el 2,2
%.
QUIEN
ADMINISTRA LA SUCESION?
Esta
es una pregunta muy comun cuando hay dos o mas herederos. Los
herederos pueden ponerse de acuerdo en quién será el administrador
provisorio de la sucesión.
De
no suceder esto, tiene prioridad el cónyuge, salvo que otro
heredero sea más apto.
Al
designarse administrador del sucesorio, los pasos a continuacion es
la presentacion del administrador personalmente en el Juzgado a
aceptar el cargo y el abogado debe tramitarle un testimonio que le
servirá de constancia para cada trámite que haga en nombre del
sucesorio.
El
administrador debe rendir cuentas documentadas en la sucesión.
COMO
SE INSCRIBEN LOS BIENES EN UNA SUCESION?
Habiendo
hecho una partición o cesión de derechos donde cada uno se
adjudica un bien determinado. La inscripción no se hace ante
Escribano sino a través de la sucesión, con la participación del
abogado. Tambien puede suceder que los bienes de una sucesión se
pueden inscribir en condominio (esto quiere decir que todos
los herederos son dueños del porcentaje que les pertenece,
surge de la declaratoria de herederos)
PUEDO HACER
UN TESTAMENTO DEJANDO TODOS MIS BIENES A UNA SOLA PERSONA QUE NO SEA
PARIENTE NI FAMILIAR?
si, si usted no tiene
herederos forzosos puede herederar el 100% de sus bienes a quien
usted desee. Si usted los tiene solo puede testar un pocentaje va
depender de quienes sean sus herederos forsozos, por ej si usted
solo tiene hijos puede disponer 1/5 de sus bienes.
A
QUE SE DENOMINA SUCESION INSCRIPCION POR TRACTO ABREVIADO?
El
heredero de un bien puede solicitarle al Juez que ordene la
inscripcion de la declaratoria por tracto abreviado, ello se da
cuando se ha firmado un boleto de compra venta de la propiedad que
esta en sucesion, directamente el escribano que se autoriza en el
expediente va realizar la inscripcion por tracto abreviado.
ES
CONVENIENTE FIRMAR UN CONVENIO DE HONORARIOS?
Inmueble Legal
siempre trata de firmar convenio de honorarios sobre todo en las
sucesiones, ay que la regulacion de honorarios puede ser mucho mas
dificultosa sobre todo para los herederos y ademas mucho mas
costosa. El convenio de honorarios es una tranquilidad y seguridad
para el cliente que ya sabe por anticipado con cuanto dinero debe
tener al momento de abonerle los honorarios a su abogada. Ademas
Inmueble Legal le ofrece plan de financiacion y los honorarios son
exigibles al momento de la entrega del testimonio inscripto en los
registros respectivos.
PUEDO SABER SI UNA PERSONA FALLECIDA TIENE BIENES A
SU NOMBRE, ANTES DE INICIAR LA SUCESION?
Antes
de inicar la sucesion se puede averiguar si la persona fallecida
tiene bienes inmuebles tanto en el ambito de la Capital Federal como
en la Provincia de Buenos Aires, a traves de un formulario con el
nombre y apellido del fallecido y su numero de documento, ante los
respectivos Registros de la Propiedad Inmueble, para ello
necesita el asesoramiento legal y la firma de un abogado.
EXISTE
UN IMPUESTO A LA HERENCIA?
Hay
un proyecto que mas adelante lo desarrollaremos, pero en la
actualidad no hay un impuesto a la herencia lo que si se debe abonar
es la tasa de justicia, en el ambito de la Capital Federal es de
1.5% de la valuacion fiscal de todos los bienes que componen el
acervo sucesorio, en la Provincia de Buenos Aires la tasa es el 2,2
%.
QUIEN
ADMINISTRA LA SUCESION?
Esta
es una pregunta muy comun cuando hay dos o mas herederos. Los
herederos pueden ponerse de acuerdo en quién será el administrador
provisorio de la sucesión.
De
no suceder esto, tiene prioridad el cónyuge, salvo que otro
heredero sea más apto.
Al
designarse administrador del sucesorio, los pasos a continuacion es
la presentacion del administrador personalmente en el Juzgado a
aceptar el cargo y el abogado debe tramitarle un testimonio que le
servirá de constancia para cada trámite que haga en nombre del
sucesorio.
El
administrador debe rendir cuentas documentadas en la sucesión.
¿
COMO SE INSCRIBEN LOS BIENES EN UNA SUCESION?
Habiendo
hecho una partición o cesión de derechos donde cada uno se
adjudica un bien determinado. La inscripción no se hace ante
Escribano sino a través de la sucesión, con la participación del
abogado. Tambien puede suceder que los bienes de una sucesión se
pueden inscribir en condominio (esto quiere decir que todos
los herederos son dueños del porcentaje que les pertenece,
surge de la declaratoria de herederos)
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