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Vivo en pareja  Que derechos tengo?

Es muy comun pensar que si uno vive mas de cinco años con una persona tiene los mismos derechos que el estar casado.

Por eso no solo es importante consultar al momento de la separacion sino antes a fin de que si la eleccion de la pareja no es casarse, hay que conocer y saber que derechos tiene, ya que al venir la estudio a una consulta se asombran y hasta me han dicho es cierto Doctora esta segura??. 

Lo cierto que hay proyectos y hay una ley en el ambito de la Ciudad de Buenos Aires, que es la ley de Union civil, la pareja se debe inscribir ante un Registro especial que se creo para tal fin, sin embargo hay ciertas restricciones a fin de que las personas se puedan inscribir en este Registro.

Hay que tener en cuenta  que la unión civil es una cuestión municipal, no es una legislación de fondo, sirve para darle a esa convivencia una figura, que se registra y que es un principio de prueba para una cuestión previsional y para probar una sociedad de hecho.

En el articulo 5 de la mencionada ley establece impedimentos que de darse no podria inscribirse en dicho Registro la union civil a tal efecto transcribo el articulo en cuestion como:

Artículo 5º - Impedimentos: No pueden constituir una unión civil:

a) Los menores de edad.

b) Los parientes por consanguinidad ascendiente y descendiente sin limitación y los hermanos o medio hermanos .

c) Los parientes por adopción plena, en los mismos casos de los incisos b y e. Los parientes por adopción simple, entre adoptante y adoptado, adoptante y descendiente o cónyuge del adoptado, adoptado y cónyuge del adoptante, hijos adoptivos de una misma persona, entre sí y adoptado e hijo del adoptante. Los impedimentos derivados de la adopción simple subsistirán mientras ésta no sea anulada o revocada.

d) Los parientes por afinidad en línea recta en todos los grados.

e) Los que se encuentren unidos en matrimonio, mientras subsista.

f) Los que constituyeron una unión civil anterior mientras subsista.

g) Los declarados incapaces.

De todas maneras cabe aclarar que dicha union civil es una ley municipal y por ende los unicos  derechos que se reconocen son los asistenciales de obra social, pension, pero no tiene los mismos efectos de un matrimonio legal que lo legisla el Codigo Civil, por ende entre concubinos no se heredan, ni hay derecho para iniciar accion por alimentos, entre otros.

Mi consejo es que ya que es una eleccion casarse o vivir en pareja o quizas una alternativa se deben asesorar con un profesional para que si sucediera que en el caso de separarse ambos se encuentren protegidos y no inmersos en una contienda legal. 

DRA. ROMINA NIEVA


 Todos los derechos del presente articulo se encuentran reservados y podran ser publicados citada la fuente y con autorizacion de la Dra. Romina  Nieva.  
  

 

 

 

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